Tras una serie de fiscalizaciones realizadas por el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), se ha denunciado ante la justicia a 13 supermercados y tiendas del retail en diversas regiones, por infringir la Ley del Consumidor (LPC) en relación con la aplicación indebida de medidas de seguridad y vigilancia.
Los incumplimientos, detectados en locales de la Región Metropolitana, Los Ríos, Antofagasta y Biobío, se centran en la exigencia a los consumidores de exhibir la boleta de compra a la salida de los establecimientos. Supermercados Hiper Lider, Lider Express, Unimarc, Super 10 (Mayorista 10), Tottus y Acuenta son algunos de los supermercados denunciados.
En el ámbito del retail, La Polar, Corona, Falabella, Ripley, Easy, Homecenter Sodimac y Construmart también deberán enfrentar acciones judiciales.
El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, destacó que las empresas tienen derecho a implementar medidas de seguridad, pero deben hacerlo con los más altos estándares de profesionalidad y respeto a la dignidad y derechos de las personas. En este sentido, señaló que durante las fiscalizaciones se evidenció que las empresas denunciadas no cumplieron con las exigencias de la LPC en diversos aspectos fundamentales.
Herrera explicó que la solicitud de exhibir la boleta a todos los consumidores al salir del local no solo resulta desproporcionada y poco profesional, sino que puede generar situaciones de estrés y propiciar malos tratos o discriminaciones arbitrarias.
El Director del SERNAC instó a las empresas a actuar con altos estándares de profesionalidad en sus medidas de seguridad y a actualizar constantemente sus protocolos para identificar a posibles delincuentes sin afectar la experiencia de compra de los clientes.
Desde el 2022, el SERNAC ha llevado a cabo más de 50 fiscalizaciones para verificar el cumplimiento de la LPC en materia de seguridad y trato digno. Las denuncias surgieron a raíz de reclamos ciudadanos que alertaron sobre la exigencia de mostrar boletas al salir de los establecimientos.
Las empresas denunciadas aplicaban procedimientos de control que incluían la revisión de boletas a consumidores con carros con gran cantidad de mercadería, alto valor o productos tecnológicos, entre otros.
En caso de maltrato, discriminación o falsas acusaciones, las empresas se arriesgan a multas de hasta 300 UTM (aproximadamente $19 millones 300 mil) por cada infracción, además de compensaciones determinadas por el tribunal a favor del consumidor afectado. La Ley Zamudio, vigente desde 2012, refuerza y complementa la Ley del Consumidor, proporcionando lineamientos claros en casos de discriminación arbitraria.
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Los ministros acogieron los argumentos del Ministerio Público, que advirtió riesgo de reiteración, dada la conducta sostenida y uso de tecnología para evitar ser descubierto.
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