Ordenan a Municipalidad de Antofagasta indemnizar a Serviu
Se sentenció que se debían pagar más de 450 millones de pesos por la paralización de las obras en la avenida Ejército, entre Homero Ávila y la Ruta 28.
El Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta ha dictaminado una sentencia en la cual acoge la demanda presentada por el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la región. La demanda se dirigió contra la Municipalidad de Antofagasta, ordenando a esta última el pago de una indemnización por un total de $458.305.984, correspondiente al daño emergente provocado por la paralización de obras en la avenida Ejército, entre Homero Ávila y la Ruta 28.
La decisión, emitida por la magistrada Susana Tobar Bravo en la causa de rol 2.110-2022, establece que la municipalidad fue condenada por falta de servicio. Se determinó que la paralización del proyecto en marzo de 2020 fue resultado de exigencias improcedentes de permisos de urbanización por parte de la municipalidad, lo que contravino las normativas legales y los propios actos de la entidad.
El fallo sostiene que la demora en la programación original del proyecto se debió a la intervención de funcionarios municipales, quienes detuvieron las obras exigiendo requisitos inadecuados a Serviu y a la empresa constructora. Esta acción se calificó como negligente o constitutiva de falta de servicio, dado el conocimiento técnico que se espera de los funcionarios municipales involucrados en el diseño y ejecución del proyecto.
Además, la resolución indica que los gastos adicionales y la reprogramación de las obras, que derivaron en el pago de indemnizaciones por parte de Serviu a la empresa constructora, fueron consecuencia directa de las exigencias persistentes e improcedentes por parte de la municipalidad.
El tribunal también destacó que las deficiencias en los perfiles del proyecto debieron ser advertidas y corregidas durante su diseño, entre los años 2015 y 2017, lo cual no ocurrió. Se subraya que la aprobación por parte de la municipalidad de aspectos específicos del proyecto, como el paisajismo, contradice sus posteriores reclamos sobre afectaciones a áreas verdes.
el lunes pasado a las 10:38
el viernes pasado a las 9:44
el viernes pasado a las 9:44
Se rechazó la prisión preventiva y dictó arraigo nacional, prohibición de acercarse a la víctima y retención de licencia. El plazo de investigación es de 120 días.
el lunes pasado a las 9:43
Habrían pruebas que acreditaban vínculos de los excluidos con otras comunas, mientras que el resto de los 317 casos solicitados fue desestimado por falta de antecedentes.
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