Karen Rojo deberá esperar: tribunal frena revisión de su libertad vigilada
La justicia rechazó fijar una audiencia para analizar la sustitución de la condena, al no contar aún con el informe técnico de Gendarmería exigido por la ley.
el miércoles pasado a las 10:10
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el miércoles pasado a las 9:11
el martes pasado a las 8:44
El Juzgado de Garantía de Antofagasta rechazó fijar una audiencia para analizar la solicitud de Karen Rojo de cumplir el resto de su condena bajo el régimen de libertad vigilada intensiva, al considerar que aún no se cumple uno de los requisitos exigidos por la legislación.
La defensa de la exalcaldesa, encabezada por el abogado Fidel Castro, solicitó la aplicación de la denominada "pena mixta", beneficio que permitiría sustituir parte de la condena privativa de libertad por un régimen de supervisión en el medio libre. Sin embargo, el tribunal resolvió que la petición no puede ser tramitada mientras no exista un informe técnico elaborado por Gendarmería de Chile.
En la resolución, el magistrado Hans Durán señaló que la normativa establece como requisito indispensable la evaluación de Gendarmería, la que debe pronunciarse sobre aspectos como el riesgo de reincidencia, las posibilidades de reinserción social, la conducta de la condenada y la factibilidad de aplicar un eventual monitoreo telemático.
El tribunal precisó además que los antecedentes remitidos desde el centro penitenciario de Utrecht, en Países Bajos, donde Karen Rojo permaneció recluida antes de ser extraditada, no reemplazan el informe que debe emitir la institución penitenciaria chilena.
La solicitud de la defensa fue presentada luego de que la justicia reconociera el abono de los 1.463 días que la exjefa comunal permaneció privada de libertad en Países Bajos, período que fue descontado de la condena de cinco años y un día de presidio que cumple por el delito de fraude al fisco.
Pese al rechazo de la audiencia, el tribunal ordenó oficiar a la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería para que evalúe si la exalcaldesa cumple los requisitos establecidos en la Ley 18.216 y emita el informe correspondiente en un plazo de hasta 45 días.
Una vez que dicho documento sea incorporado a la causa, el tribunal podrá resolver si corresponde fijar una audiencia para discutir la eventual sustitución del tiempo restante de la condena por el régimen de libertad vigilada intensiva. Mientras tanto, Karen Rojo continuará cumpliendo su condena en el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín.
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