¿Voto al plebiscito de la Constitución obligatorio? Conoce los detalles
Este domingo 1 de mayo a las 23:59, termina el plazo para realizar el cambio de domicilio electoral o cualquier otra modificación de cara al plebiscito de salida de la … Leer más
Este domingo 1 de mayo a las 23:59, termina el plazo para realizar el cambio de domicilio electoral o cualquier otra modificación de cara al plebiscito de salida de la Constitución Política que está redactando la Convención Constitucional. Esto, porque el Servicio Electoral (Servel) comenzará a elaborar el padrón electoral para dicho acontecimiento.
No obstante, distinto al plebiscito anterior, éste tendrá un carácter obligatorio para todas las personas domiciliadas en Chile y se llevará a cabo el domingo 4 de septiembre del presente año. Quienes no acudan a sufragar, tendrán una sanción económica que contempla el pago de una multa que va desde media UTM ($27.000) hasta tres UTM ($167.000 aproximadamente).
¿Quiénes podrán excusarse de no votar?
Podrán excusarse de la votación y no serán sancionados, quienes no concurran a votar por enfermedad, quienes el día del Plebiscito se encuentren en un lugar situado a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral, ausencia del país, o por otro grave impedimento. Para ello, deberán asistir a un juzgado de policía local, donde el juez comprobará la gravedad de la situación y determinará si está debidamente
excusado.
Todas las consultas respecto al domicilio electoral, se pueden hacer a través de la página web del Servel https://miconsulta.servel.cl/ utilizando la Clave Única. De manera presencial en las direcciones regionales del organismo, en las oficinas de Chileatiende o en los consulados de Chile el extranjero.
el lunes pasado a las 9:05
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El municipio recurrió a la Corte Suprema, pero de ratificarse la sentencia, el total a pagar podría superar los $10.000 millones por intereses e indemnizaciones.
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