Rechazan recurso por perros callejeros en San Pedro de Atacama
Se señaló que la responsabilidad de adoptar medidas para el control de la población animal recae en la Municipalidad de la comuna conforme a la legalidad.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta desestimó el recurso de protección presentado por la Municipalidad de San Pedro de Atacama en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, que buscaba obtener la instrucción para practicar la eutanasia en perros abandonados en la comuna.
El tribunal de alzada fundamentó su decisión en la ausencia de un acto ilegal o arbitrario por parte de la autoridad sanitaria, señalando que la autoridad sanitaria está facultada para retirar y eliminar a los perros vagos o comunitarios solo en casos específicos, como presencia de rabia o un eventual brote de esa enfermedad, lo cual no corresponde al caso en cuestión.
Además, se destacaron las acciones realizadas por la Secretaría de Salud en coordinación con otras entidades para abordar situaciones como los accidentes por mordeduras.
El tribunal también hizo hincapié en que el recurso de protección no es el medio adecuado para obtener una declaración de derechos o para disponer la ejecución de políticas públicas, como la eutanasia masiva de perros abandonados en la comuna.
"Es la Municipalidad la responsable de adoptar las medidas y procedimientos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones que le encarga la Ley N°21.020, con prohibición de utilizar métodos que admitan el sacrificio de animales como sistema de control de la población animal, prohibición extensiva a todos los Servicios Públicos, en virtud del inciso final del artículo 7 de la Ley N°21.020”, consigna el texto.
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