Después de más de ocho meses desde la promulgación de la ley que ordena el grabado de patentes de vehículos en sus ventanas y espejos, finalmente se ha aprobado el reglamento asociado, estableciendo plazos y características específicas para su implementación.
La Contraloría General de la República anunció este miércoles la toma de razón del reglamento a través de sus redes sociales, lo que lo deja listo para ser publicado en el Diario Oficial.
Características del grabado de patentes según el reglamento:
Las letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura y 5 y 10 mm en los espejos laterales, con un ancho y espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra, en estilo normal, no cursiva ni negrita. Todas las letras deberán ser mayúsculas.
Deberán grabarse de manera que su lectura horizontal, para un observador externo al vehículo, sea de izquierda a derecha.
El grabado debe ser permanente, realizado desgastando la superficie del vidrio y espejo lateral de forma que no pueda ser borrado.
En los vidrios laterales del conductor se efectuará en el vértice inferior derecho, y en los del acompañante, en el vértice inferior izquierdo, sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria en esa zona.
En el parabrisas, el grabado se realizará en el vértice inferior derecho, sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN).
En la luneta trasera, se realizará en el vértice inferior izquierdo, sin obstaculizar la lectura de otra información.
En los espejos laterales, el grabado se realizará en la parte superior o inferior, siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo.
En los espejos laterales circulares u ovalados, el grabado se realizará en la parte superior o inferior, de forma paralela al suelo, en una línea que une los puntos donde las letras y dígitos tocan el borde curvo del espejo.
Plazos para la implementación:
Los vehículos nuevos deberán tener la patente grabada en septiembre, una vez publicado el reglamento en el Diario Oficial.
Los vehículos comercializados entre el 11 de septiembre de 2023 y el tercer mes contado desde la publicación del decreto no se considerarán como nuevos.
Los automóviles antiguos, comercializados antes del 11 de septiembre de 2023, tendrán hasta mayo de 2025 para cumplir con la medida.
el jueves pasado a las 8:57
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