Tocopilla: Tres imputadas condenadas por macabro homicidio frustrado
El fiscal jefe de Tocopilla, Andrés Godoy, resaltó la extrema violencia ejercida por las condenadas contra la víctima, quien ya había sufrido agresiones anteriores.
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En un impactante caso de violencia, tres mujeres tocopillanas han sido condenadas por el delito de homicidio simple frustrado después de una brutal agresión a una mujer en la localidad de Caleta Indígena.
Las acusadas, identificadas como Lizette Paulina Cuevas López, Carla Stephania Henríquez Jara y Constanza Jesse Carvajal Izarrauldez, atacaron a su víctima con un bate de béisbol y un gollete de botella, provocándole lesiones potencialmente mortales.
Según la acusación presentada por el fiscal jefe de Tocopilla, Andrés Godoy Rojas, el suceso ocurrió el 19 de diciembre de 2021, cuando las imputadas se dirigieron al sector mencionado y entraron a una cabaña donde se encontraba la víctima. Comenzaron a agredirla con puñetazos, patadas y otros objetos, incluyendo un bate de béisbol, mientras la grababan y amenazaban con quitarle la vida.
Durante el ataque, las acusadas utilizaron golletes de botellas para provocar cortes y heridas en el rostro, muslo, glúteos y otras partes del cuerpo de la víctima. Estas heridas, debido a la gran pérdida de sangre, podrían haber sido mortales sin una atención médica oportuna, según lo determinado por los médicos que la atendieron posteriormente.
Al abandonar el lugar, una de las acusadas también agredió al propietario de la cabaña con puñetazos y un palo, y luego arrojaron piedras al vehículo en el que la mujer agredida estaba siendo trasladada al Hospital de Tocopilla. En su sentencia, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta estableció que el hecho cometido constituye el delito frustrado de homicidio simple, de acuerdo con el artículo 391 N° 2 del Código Penal.
Se demostró que las acusadas agredieron a la víctima de manera concertada, causándole graves lesiones que, de no recibir atención médica oportuna, podrían haberle causado la muerte. El tribunal también señaló que, aunque las imputadas negaron la intención de matar a la víctima, existen suficientes elementos para considerar que asumieron el resultado mortal o les fue indiferente.
En consecuencia, Lizette Cuevas López y Constanza Carvajal Izarrauldez fueron condenadas a 10 años de prisión como coautoras del delito de homicidio simple frustrado. Por su parte, Carla Henríquez Jara recibió una condena de 7 años de prisión por el mismo delito.
E
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Habrían pruebas que acreditaban vínculos de los excluidos con otras comunas, mientras que el resto de los 317 casos solicitados fue desestimado por falta de antecedentes.
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