El Tribunal Constitucional (TC) rechazó la contienda de competencias presentada por el Comité de Ministros en contra del Primer Tribunal Ambiental, en el marco de la disputa judicial por el proyecto minero-portuario Dominga. La decisión fue adoptada con cuatro votos a favor y uno en contra, desestimando los argumentos presentados por el comité, el cual es presidido por la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas. El Comité de Ministros había acusado al Primer Tribunal Ambiental de haber invadido sus competencias al pronunciarse sobre aspectos que, según su postura, correspondían exclusivamente al Poder Ejecutivo. Sin embargo, el TC concluyó que no se configuraba una verdadera disputa de jurisdicción que justificara su intervención. En su resolución, el tribunal explicó que las consideraciones anteriores nos llevan a concluir que ante nosotros no se ha presentado una verdadera contienda de jurisdicción de carácter positivo o negativo, ni constitutiva de una invasión o interferencia de funciones, que este Tribunal Constitucional deba dirimir. Con ello, se descartó la existencia de una colisión institucional que ameritara un pronunciamiento constitucional. El fallo agregó que “el problema planteado dice relación con cuestiones de legalidad interna del proceso judicial, que cabe resolver en la sede ordinaria, por los mecanismos procesales habilitantes para ello y, adicionalmente, ya utilizados por el reclamante”. Esto implica que, para el TC, la vía correcta para resolver las diferencias es la jurisdicción ordinaria, a través de los recursos judiciales ya disponibles y utilizados por el Comité. Además, el Tribunal Constitucional observó una inconsistencia en la forma en que el Comité de Ministros planteó la contienda, indicando que existía una “contradicción insalvable” en su argumentación. En este sentido, el fallo sostuvo que no se trata de que la existencia en abstracto de recursos ordinarios contra una resolución impida reclamar la incompetencia del tribunal que la dicta, razonamiento que quiere llevar el asunto al extremo de sostener que entonces contra un tribunal inferior jamás podría deducirse contienda, ya que sus resoluciones en general serán reclamables por vía de apelación, casación o ambas. Finalmente, el TC concluyó que aceptar la tesis del Comité implicaría resolver indirectamente materias de fondo que ya han sido objeto de análisis en otras instancias judiciales, lo cual no corresponde en una contienda de competencias. Tal como indicó el fallo: De otro lado, al actuar así inevitablemente estaríamos fallando la excepción de pago, aunque fuera indirectamente, porque no se comprende qué otro resultado puede tener dicha excepción, o cómo pueda resolverse nuevamente siquiera, si aquello que motivó su parcial rechazo fuera removido, por estimarse incompetente al Tribunal para pronunciarse del modo en que lo hizo. Fuente: Emol
Una reciente investigación científica, liderada por la doctora Isabel Pizarro Veas, académica de la Facultad de Ciencias Básicas de la Universidad de Antofagasta, detectó altos niveles de contaminación por metales pesados en el Santuario de la Naturaleza Aguada La Chimba, también conocido como Vertiente Chimbalito. El estudio se enfocó en medir la actividad enzimática del suelo, mediante muestras extraídas desde este humedal urbano y desde el vivero de la Universidad de Antofagasta. Los análisis fueron realizados en la Universidad Complutense de Madrid y revelaron la presencia de arsénico, plomo y mercurio en concentraciones de partes por millón. Según los resultados, estos contaminantes han reducido significativamente la actividad microbiológica del suelo. “La actividad enzimática fue escasa comparada con suelos sanos. Eso nos dice que la vida microbiana está limitada por los contaminantes presentes”, explicó la investigadora. En el caso del humedal La Chimba, “los metales encontrados inhiben gravemente la actividad microbiológica”, añadió. La doctora Pizarro detalló que esta contaminación provendría tanto de antiguas faenas auríferas como del uso irregular del sitio como basural y vertedero minero. El daño ambiental también ha afectado la biodiversidad del lugar: se ha registrado la desaparición de al menos 10 especies de fauna y 33 de flora, anteriormente presentes en el ecosistema. “Es un escenario muy preocupante considerando que los humedales urbanos están protegidos por ley. Este estudio marca un precedente para ampliar la investigación en otros sitios similares a nivel nacional”, advirtió. El trabajo se enmarca en el proyecto “Fortaleciendo la Formación de Pregrado, Postgrado e Investigación con Estándares de Calidad” (ANT22991), financiado por el Ministerio de Educación, y destaca la necesidad de contar con una normativa de suelos que responda a la diversidad ambiental del territorio chileno. Fuente: SoyAntof
En el marco del Día Internacional de la Conciencia sobre el Ruido, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) presentó un Mapa de Denuncias de Ruidos de acceso público, que permite visualizar las denuncias por ruidos molestos recibidas y tramitadas en Chile desde 2013 hasta 2024. Disponible en la plataforma Infraestructura de Datos Espaciales, la herramienta permite filtrar información por comuna, mostrando con distintos colores las zonas con mayor o menor concentración de denuncias. Estas se refieren a fuentes fijas como industrias, comercios o construcciones, reguladas por la Norma de Emisión de Ruidos del Ministerio del Medioambiente y fiscalizadas por la SMA. Las comunas con mayor número de denuncias históricas son Antofagasta (1.013), Santiago (865) y Concepción (715), entre otras. Esta nueva herramienta se suma a otras capas de información ambiental ya disponibles en la plataforma, como fiscalizaciones, sanciones y programas de cumplimiento. La superintendenta Marie Claude Plumer destacó que el mapa refuerza el acceso a información pública ambiental, en línea con el Acuerdo de Escazú, y subrayó el impacto del ruido en la salud y calidad de vida. En 2024, el 52% de las denuncias recibidas por la SMA estuvieron relacionadas con ruidos, siendo el equipamiento (bares, restaurantes, centros educativos, entre otros) el sector más reportado. Las regiones Metropolitana, Valparaíso y Biobío concentraron el 57% del total nacional. La SMA realizó 918 fiscalizaciones por ruido en 2024, el mayor número registrado por la institución. Solo entre enero y marzo de 2025, ya se han ingresado más de 1.100 denuncias, superando los promedios de años anteriores. Para enfrentar esta alza, la SMA ha suscrito convenios con 67 municipios, permitiendo a inspectores locales medir niveles de ruido y derivar casos que superen los límites normativos. Las denuncias pueden presentarse en línea a través del portal www.denuncias.sma.gob.cl, utilizando clave única.
El caso del proyecto minero Dominga vivió un nuevo giro cuando el Comité de Ministros del gobierno solicitó, en una jugada de última hora, un plazo prudencial para dar cumplimiento a la sentencia emitida el 9 de diciembre por el Primer Tribunal Ambiental (1TA). Esta sentencia había ordenado al Comité de Ministros integrar un grupo de ministros imparciales para resolver las reclamaciones contra la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 161/2021, en un plazo de 15 días. Sin embargo, la solicitud del gobierno fue rápidamente rechazada por el tribunal especializado, que resolvió de forma categórica con un “no ha lugar”. El 1TA ratificó que la citación programada para este miércoles sigue en pie, sin ningún tipo de aplazamiento. Esta decisión fue tomada por unanimidad por los ministros Sandra Álvarez, Alamiro Alfaro y Cristián López. En su resolución, el tribunal recordó que el plazo otorgado al Comité para emitir una resolución venció el 31 de diciembre de 2024, sin que se hubiera cumplido con esa obligación. Según los antecedentes del caso, el Comité de Ministros no cumplió con el fallo que ordenaba la integración de un grupo de ministros imparciales, lo cual es un requisito fundamental para dar respuesta a las reclamaciones administrativas presentadas en relación al proyecto Dominga. El tribunal aclaró que la solicitud presentada por el gobierno para consultar a la Contraloría sobre la integración del Comité no justificaba el incumplimiento del plazo establecido en la sentencia de diciembre, ya que la convocatoria y sesión del Comité debían ajustarse a la orden judicial. Además, el 1TA hizo hincapié en que cualquier duda respecto al alcance de la sentencia debería haberse resuelto mediante una solicitud formal de aclaración, rectificación o enmienda, procedimiento que no fue realizado por el Comité. De esta manera, el tribunal reafirmó que el Comité de Ministros debe cumplir con lo ordenado en la sentencia de diciembre, respetando los términos precisos establecidos.
Las autoridades de Calama están evaluando declarar alerta sanitaria ambiental tras detectar niveles saturados de contaminación en la calidad del aire, según los registros de la red de monitoreo. El alcalde de la comuna, Eliecer Chamorro, indicó que la propuesta será presentada al Concejo Municipal para tomar decisiones y accionar ante la creciente preocupación. Según los datos obtenidos por el Departamento Municipal de Medio Ambiente, los registros de los últimos tres años (2022-2024) muestran que la calidad del aire en la ciudad sigue siendo deficiente. Reinaldo Díaz, técnico en medio ambiente del municipio, informó que, por primera vez desde 2010, dos estaciones de monitoreo terminaron el año con niveles de saturación. Las estaciones ubicadas en la escuela Pedro Vergara Keller y la cancha de la población 23 de Marzo marcaron valores elevados, lo que, según la normativa de calidad ambiental, lleva a declarar la zona como saturada. El informe de la Superintendencia de Medio Ambiente sobre el periodo 2021-2023, también reportó que en 2024, la estación Club Deportivo 23 de Marzo superó la norma de calidad de aire para material particulado MP10, alcanzando el 106% del límite anual permitido. Por otro lado, la estación PVK mostró un promedio trianual cercano al 98% del límite. Fuente: Calama en Línea
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó la contienda de competencias presentada por el Comité de Ministros en contra del Primer Tribunal Ambiental, en el marco de la disputa judicial por el proyecto minero-portuario Dominga. La decisión fue adoptada con cuatro votos a favor y uno en contra, desestimando los argumentos presentados por el comité, el cual es presidido por la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas. El Comité de Ministros había acusado al Primer Tribunal Ambiental de haber invadido sus competencias al pronunciarse sobre aspectos que, según su postura, correspondían exclusivamente al Poder Ejecutivo. Sin embargo, el TC concluyó que no se configuraba una verdadera disputa de jurisdicción que justificara su intervención. En su resolución, el tribunal explicó que las consideraciones anteriores nos llevan a concluir que ante nosotros no se ha presentado una verdadera contienda de jurisdicción de carácter positivo o negativo, ni constitutiva de una invasión o interferencia de funciones, que este Tribunal Constitucional deba dirimir. Con ello, se descartó la existencia de una colisión institucional que ameritara un pronunciamiento constitucional. El fallo agregó que “el problema planteado dice relación con cuestiones de legalidad interna del proceso judicial, que cabe resolver en la sede ordinaria, por los mecanismos procesales habilitantes para ello y, adicionalmente, ya utilizados por el reclamante”. Esto implica que, para el TC, la vía correcta para resolver las diferencias es la jurisdicción ordinaria, a través de los recursos judiciales ya disponibles y utilizados por el Comité. Además, el Tribunal Constitucional observó una inconsistencia en la forma en que el Comité de Ministros planteó la contienda, indicando que existía una “contradicción insalvable” en su argumentación. En este sentido, el fallo sostuvo que no se trata de que la existencia en abstracto de recursos ordinarios contra una resolución impida reclamar la incompetencia del tribunal que la dicta, razonamiento que quiere llevar el asunto al extremo de sostener que entonces contra un tribunal inferior jamás podría deducirse contienda, ya que sus resoluciones en general serán reclamables por vía de apelación, casación o ambas. Finalmente, el TC concluyó que aceptar la tesis del Comité implicaría resolver indirectamente materias de fondo que ya han sido objeto de análisis en otras instancias judiciales, lo cual no corresponde en una contienda de competencias. Tal como indicó el fallo: De otro lado, al actuar así inevitablemente estaríamos fallando la excepción de pago, aunque fuera indirectamente, porque no se comprende qué otro resultado puede tener dicha excepción, o cómo pueda resolverse nuevamente siquiera, si aquello que motivó su parcial rechazo fuera removido, por estimarse incompetente al Tribunal para pronunciarse del modo en que lo hizo. Fuente: Emol
Una reciente investigación científica, liderada por la doctora Isabel Pizarro Veas, académica de la Facultad de Ciencias Básicas de la Universidad de Antofagasta, detectó altos niveles de contaminación por metales pesados en el Santuario de la Naturaleza Aguada La Chimba, también conocido como Vertiente Chimbalito. El estudio se enfocó en medir la actividad enzimática del suelo, mediante muestras extraídas desde este humedal urbano y desde el vivero de la Universidad de Antofagasta. Los análisis fueron realizados en la Universidad Complutense de Madrid y revelaron la presencia de arsénico, plomo y mercurio en concentraciones de partes por millón. Según los resultados, estos contaminantes han reducido significativamente la actividad microbiológica del suelo. “La actividad enzimática fue escasa comparada con suelos sanos. Eso nos dice que la vida microbiana está limitada por los contaminantes presentes”, explicó la investigadora. En el caso del humedal La Chimba, “los metales encontrados inhiben gravemente la actividad microbiológica”, añadió. La doctora Pizarro detalló que esta contaminación provendría tanto de antiguas faenas auríferas como del uso irregular del sitio como basural y vertedero minero. El daño ambiental también ha afectado la biodiversidad del lugar: se ha registrado la desaparición de al menos 10 especies de fauna y 33 de flora, anteriormente presentes en el ecosistema. “Es un escenario muy preocupante considerando que los humedales urbanos están protegidos por ley. Este estudio marca un precedente para ampliar la investigación en otros sitios similares a nivel nacional”, advirtió. El trabajo se enmarca en el proyecto “Fortaleciendo la Formación de Pregrado, Postgrado e Investigación con Estándares de Calidad” (ANT22991), financiado por el Ministerio de Educación, y destaca la necesidad de contar con una normativa de suelos que responda a la diversidad ambiental del territorio chileno. Fuente: SoyAntof
En el marco del Día Internacional de la Conciencia sobre el Ruido, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) presentó un Mapa de Denuncias de Ruidos de acceso público, que permite visualizar las denuncias por ruidos molestos recibidas y tramitadas en Chile desde 2013 hasta 2024. Disponible en la plataforma Infraestructura de Datos Espaciales, la herramienta permite filtrar información por comuna, mostrando con distintos colores las zonas con mayor o menor concentración de denuncias. Estas se refieren a fuentes fijas como industrias, comercios o construcciones, reguladas por la Norma de Emisión de Ruidos del Ministerio del Medioambiente y fiscalizadas por la SMA. Las comunas con mayor número de denuncias históricas son Antofagasta (1.013), Santiago (865) y Concepción (715), entre otras. Esta nueva herramienta se suma a otras capas de información ambiental ya disponibles en la plataforma, como fiscalizaciones, sanciones y programas de cumplimiento. La superintendenta Marie Claude Plumer destacó que el mapa refuerza el acceso a información pública ambiental, en línea con el Acuerdo de Escazú, y subrayó el impacto del ruido en la salud y calidad de vida. En 2024, el 52% de las denuncias recibidas por la SMA estuvieron relacionadas con ruidos, siendo el equipamiento (bares, restaurantes, centros educativos, entre otros) el sector más reportado. Las regiones Metropolitana, Valparaíso y Biobío concentraron el 57% del total nacional. La SMA realizó 918 fiscalizaciones por ruido en 2024, el mayor número registrado por la institución. Solo entre enero y marzo de 2025, ya se han ingresado más de 1.100 denuncias, superando los promedios de años anteriores. Para enfrentar esta alza, la SMA ha suscrito convenios con 67 municipios, permitiendo a inspectores locales medir niveles de ruido y derivar casos que superen los límites normativos. Las denuncias pueden presentarse en línea a través del portal www.denuncias.sma.gob.cl, utilizando clave única.
El caso del proyecto minero Dominga vivió un nuevo giro cuando el Comité de Ministros del gobierno solicitó, en una jugada de última hora, un plazo prudencial para dar cumplimiento a la sentencia emitida el 9 de diciembre por el Primer Tribunal Ambiental (1TA). Esta sentencia había ordenado al Comité de Ministros integrar un grupo de ministros imparciales para resolver las reclamaciones contra la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 161/2021, en un plazo de 15 días. Sin embargo, la solicitud del gobierno fue rápidamente rechazada por el tribunal especializado, que resolvió de forma categórica con un “no ha lugar”. El 1TA ratificó que la citación programada para este miércoles sigue en pie, sin ningún tipo de aplazamiento. Esta decisión fue tomada por unanimidad por los ministros Sandra Álvarez, Alamiro Alfaro y Cristián López. En su resolución, el tribunal recordó que el plazo otorgado al Comité para emitir una resolución venció el 31 de diciembre de 2024, sin que se hubiera cumplido con esa obligación. Según los antecedentes del caso, el Comité de Ministros no cumplió con el fallo que ordenaba la integración de un grupo de ministros imparciales, lo cual es un requisito fundamental para dar respuesta a las reclamaciones administrativas presentadas en relación al proyecto Dominga. El tribunal aclaró que la solicitud presentada por el gobierno para consultar a la Contraloría sobre la integración del Comité no justificaba el incumplimiento del plazo establecido en la sentencia de diciembre, ya que la convocatoria y sesión del Comité debían ajustarse a la orden judicial. Además, el 1TA hizo hincapié en que cualquier duda respecto al alcance de la sentencia debería haberse resuelto mediante una solicitud formal de aclaración, rectificación o enmienda, procedimiento que no fue realizado por el Comité. De esta manera, el tribunal reafirmó que el Comité de Ministros debe cumplir con lo ordenado en la sentencia de diciembre, respetando los términos precisos establecidos.
Las autoridades de Calama están evaluando declarar alerta sanitaria ambiental tras detectar niveles saturados de contaminación en la calidad del aire, según los registros de la red de monitoreo. El alcalde de la comuna, Eliecer Chamorro, indicó que la propuesta será presentada al Concejo Municipal para tomar decisiones y accionar ante la creciente preocupación. Según los datos obtenidos por el Departamento Municipal de Medio Ambiente, los registros de los últimos tres años (2022-2024) muestran que la calidad del aire en la ciudad sigue siendo deficiente. Reinaldo Díaz, técnico en medio ambiente del municipio, informó que, por primera vez desde 2010, dos estaciones de monitoreo terminaron el año con niveles de saturación. Las estaciones ubicadas en la escuela Pedro Vergara Keller y la cancha de la población 23 de Marzo marcaron valores elevados, lo que, según la normativa de calidad ambiental, lleva a declarar la zona como saturada. El informe de la Superintendencia de Medio Ambiente sobre el periodo 2021-2023, también reportó que en 2024, la estación Club Deportivo 23 de Marzo superó la norma de calidad de aire para material particulado MP10, alcanzando el 106% del límite anual permitido. Por otro lado, la estación PVK mostró un promedio trianual cercano al 98% del límite. Fuente: Calama en Línea