La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Estado a indemnizar a Héctor Douglas Maturana con $90 millones y a su hija con $20 millones por las torturas y detención ilegal que sufrió en septiembre de 1980, durante la dictadura militar. Se confirmó y aumentó la indemnización dictada por el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, que originalmente había establecido una compensación de $60 millones para Maturana. La sentencia destaca que no hubo controversia sobre los hechos de tortura y detención ilegal sufridos por Maturana, confirmando que estos fueron perpetrados en el contexto de la represión de la dictadura. El tribunal enfatizó que, de acuerdo con la normativa internacional ratificada por Chile, tales actos deben ser reparados para garantizar una reparación integral del daño causado. Además, la corte reconoció el impacto intergeneracional de los hechos, subrayando que el daño causado a la hija de Maturana también debe ser considerado en la reparación. La sentencia resalta que la reparación integral no puede ignorar los efectos de estos graves abusos cometidos por el Estado. La sentencia, que no implicará costas para el recurso, también ordena que la indemnización a Maturana se ajuste de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor desde la fecha de la sentencia inicial.
La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Estado a indemnizar a Héctor Douglas Maturana con $90 millones y a su hija con $20 millones por las torturas y detención ilegal que sufrió en septiembre de 1980, durante la dictadura militar. Se confirmó y aumentó la indemnización dictada por el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, que originalmente había establecido una compensación de $60 millones para Maturana. La sentencia destaca que no hubo controversia sobre los hechos de tortura y detención ilegal sufridos por Maturana, confirmando que estos fueron perpetrados en el contexto de la represión de la dictadura. El tribunal enfatizó que, de acuerdo con la normativa internacional ratificada por Chile, tales actos deben ser reparados para garantizar una reparación integral del daño causado. Además, la corte reconoció el impacto intergeneracional de los hechos, subrayando que el daño causado a la hija de Maturana también debe ser considerado en la reparación. La sentencia resalta que la reparación integral no puede ignorar los efectos de estos graves abusos cometidos por el Estado. La sentencia, que no implicará costas para el recurso, también ordena que la indemnización a Maturana se ajuste de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor desde la fecha de la sentencia inicial.