La Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ha rechazado los recursos de nulidad presentados por el Ministerio Público y los querellantes en el caso del diputado Gustavo Gatica, confirmando la absolución del carabinero en retiro Claudio Crespo por el delito de apremios ilegítimos, según informó ADN Radio. Estos recursos tenían como objetivo anular la sentencia emitida por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago y solicitar un nuevo juicio. Gustavo Gatica perdió la visión como consecuencia de los impactos recibidos durante una manifestación en noviembre de 2019, en medio del estallido social. El veredicto absolutorio se dio a conocer en enero, mientras que la sentencia se emitió en mayo. En ella, el tribunal reconoció la participación de Crespo en el disparo que hirió a Gatica, pero consideró que su acción estaba justificada dadas las circunstancias de la manifestación. Los recursos presentados cuestionaban la valoración de pruebas como la declaración del exuniformado, quien admitió que existían instrucciones para no disparar hacia zonas vitales. También objetaron la aplicación de la legítima defensa para justificar su actuación. Ante esta resolución, la fiscal Ximena Chong expresó su desacuerdo: “Obviamente, es una resolución que no satisface los intereses de la Fiscalía. Nosotros habíamos recurrido de nulidad en el entendido de que la sentencia tenía vicios”, señaló, aunque destacó que el Ministerio Público respeta la decisión judicial. Chong resaltó que el tribunal desestimó uno de los argumentos clave de la defensa: “La decisión del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal desestimó la tesis principal de la defensa del acusado, en el sentido de que él no era el autor del disparo que lesionó y terminó con la ceguera del señor Gustavo Gatica”, afirmó. Tras agotarse esta instancia legal, los representantes del parlamentario podrían considerar recurrir a instancias internacionales relacionadas con derechos humanos. Fuente: ADN Radio Nacional
Una funcionaria de Carabineros fue dada de baja luego de una investigación interna que determinó que utilizó un radiopatrulla institucional para realizar compras personales en la comuna de Máfil, región de Los Ríos. El incidente se hizo público después de que un video se difundiera en redes sociales. La cabo segundo Jennifer Bacovic Rodríguez fue captada llegando a un establecimiento vestida de civil pero conduciendo un vehículo policial. Según los datos recopilados durante el sumario y reportados por T13, la funcionaria había finalizado su turno y se encontraba en la Tenencia de Carreteras Valdivia Norte, ya que debía volver al trabajo al día siguiente. En ese contexto, solicitó permiso para usar una patrulla y hacer algunas compras. Durante la investigación, Bacovic admitió haber adquirido artículos personales y alimentos. Sin embargo, el testimonio del vendedor reveló que entre las compras también se encontraba una botella de pisco saborizado, junto con una bebida, hielo y toallas higiénicas. La inspección posterior de su dormitorio y casillero no encontró elementos prohibidos ni rastros de alcohol. El proceso disciplinario también descubrió otra irregularidad: Bacovic manejaba el radiopatrulla sin tener licencia clase F, un requisito para operar vehículos policiales. Como resultado, Carabineros decidió expulsarla inmediatamente de la institución por conducta mala, poniendo fin a una carrera de más de seis años en servicio. El general Carlos Contreras, jefe de Zona de Carabineros en Los Ríos, afirmó que este tipo de comportamiento no será tolerado por la institución. Confirmó que, además de la desvinculación de la funcionaria, se ha iniciado un sumario administrativo para esclarecer completamente lo sucedido. Según informes de T13, esta medida ya ha sido implementada. Fuente: ADN Radio Nacional
La Corte Suprema confirmó las condenas por el homicidio de tres carabineros en Cañete y rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas. Con ello, quedaron firmes las penas de presidio perpetuo calificado para los hermanos Tomás, Felipe y Yeferson Antihuen Santi, además de los 17 años de cárcel para Nicolás Rivas Paillao como colaborador. El crimen ocurrió la madrugada del 27 de abril de 2024, cuando el sargento primero Carlos Cisterna Navarro y los cabos primeros Sergio Arévalo Lobo y Misael Vidal Cid realizaban controles en sectores rurales de Cañete. En ese contexto, llegaron hasta Antiquina para fiscalizar una medida cautelar, donde fueron atacados por sujetos que, según la sentencia y como consigna Mega, permanecían “ocultos en la vegetación, rodeando la camioneta y provistos de armas de fuego”. El fallo sostiene que los funcionarios fueron reducidos, les quitaron sus armas y equipos, y luego fueron asesinados cuando ya estaban fuera del vehículo. Después, los responsables trasladaron los cuerpos en la camioneta policial y la incendiaron en la Ruta P-72 S, iniciando “al menos dos focos de fuego, uno en la cabina y otro en el pick up”. En su resolución, la Suprema respaldó la tesis de que el ataque fue preparado con anticipación. “Tanto la emboscada como el conjunto de ilícitos descritos fueron preparados con antelación con ánimo frío y tranquilo y obedecen a un plan criminal”, señala la sentencia. El máximo tribunal también descartó los cuestionamientos por el uso de testigos reservados. Según indicó, esos antecedentes “no constituyeron el fundamento exclusivo ni determinante de la condena”, ya que fueron corroborados con otros medios de prueba incorporados en el juicio. Fuente: ADN Radio Nacional
La Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ha rechazado los recursos de nulidad presentados por el Ministerio Público y los querellantes en el caso del diputado Gustavo Gatica, confirmando la absolución del carabinero en retiro Claudio Crespo por el delito de apremios ilegítimos, según informó ADN Radio. Estos recursos tenían como objetivo anular la sentencia emitida por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago y solicitar un nuevo juicio. Gustavo Gatica perdió la visión como consecuencia de los impactos recibidos durante una manifestación en noviembre de 2019, en medio del estallido social. El veredicto absolutorio se dio a conocer en enero, mientras que la sentencia se emitió en mayo. En ella, el tribunal reconoció la participación de Crespo en el disparo que hirió a Gatica, pero consideró que su acción estaba justificada dadas las circunstancias de la manifestación. Los recursos presentados cuestionaban la valoración de pruebas como la declaración del exuniformado, quien admitió que existían instrucciones para no disparar hacia zonas vitales. También objetaron la aplicación de la legítima defensa para justificar su actuación. Ante esta resolución, la fiscal Ximena Chong expresó su desacuerdo: “Obviamente, es una resolución que no satisface los intereses de la Fiscalía. Nosotros habíamos recurrido de nulidad en el entendido de que la sentencia tenía vicios”, señaló, aunque destacó que el Ministerio Público respeta la decisión judicial. Chong resaltó que el tribunal desestimó uno de los argumentos clave de la defensa: “La decisión del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal desestimó la tesis principal de la defensa del acusado, en el sentido de que él no era el autor del disparo que lesionó y terminó con la ceguera del señor Gustavo Gatica”, afirmó. Tras agotarse esta instancia legal, los representantes del parlamentario podrían considerar recurrir a instancias internacionales relacionadas con derechos humanos. Fuente: ADN Radio Nacional
Una funcionaria de Carabineros fue dada de baja luego de una investigación interna que determinó que utilizó un radiopatrulla institucional para realizar compras personales en la comuna de Máfil, región de Los Ríos. El incidente se hizo público después de que un video se difundiera en redes sociales. La cabo segundo Jennifer Bacovic Rodríguez fue captada llegando a un establecimiento vestida de civil pero conduciendo un vehículo policial. Según los datos recopilados durante el sumario y reportados por T13, la funcionaria había finalizado su turno y se encontraba en la Tenencia de Carreteras Valdivia Norte, ya que debía volver al trabajo al día siguiente. En ese contexto, solicitó permiso para usar una patrulla y hacer algunas compras. Durante la investigación, Bacovic admitió haber adquirido artículos personales y alimentos. Sin embargo, el testimonio del vendedor reveló que entre las compras también se encontraba una botella de pisco saborizado, junto con una bebida, hielo y toallas higiénicas. La inspección posterior de su dormitorio y casillero no encontró elementos prohibidos ni rastros de alcohol. El proceso disciplinario también descubrió otra irregularidad: Bacovic manejaba el radiopatrulla sin tener licencia clase F, un requisito para operar vehículos policiales. Como resultado, Carabineros decidió expulsarla inmediatamente de la institución por conducta mala, poniendo fin a una carrera de más de seis años en servicio. El general Carlos Contreras, jefe de Zona de Carabineros en Los Ríos, afirmó que este tipo de comportamiento no será tolerado por la institución. Confirmó que, además de la desvinculación de la funcionaria, se ha iniciado un sumario administrativo para esclarecer completamente lo sucedido. Según informes de T13, esta medida ya ha sido implementada. Fuente: ADN Radio Nacional
La Corte Suprema confirmó las condenas por el homicidio de tres carabineros en Cañete y rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas. Con ello, quedaron firmes las penas de presidio perpetuo calificado para los hermanos Tomás, Felipe y Yeferson Antihuen Santi, además de los 17 años de cárcel para Nicolás Rivas Paillao como colaborador. El crimen ocurrió la madrugada del 27 de abril de 2024, cuando el sargento primero Carlos Cisterna Navarro y los cabos primeros Sergio Arévalo Lobo y Misael Vidal Cid realizaban controles en sectores rurales de Cañete. En ese contexto, llegaron hasta Antiquina para fiscalizar una medida cautelar, donde fueron atacados por sujetos que, según la sentencia y como consigna Mega, permanecían “ocultos en la vegetación, rodeando la camioneta y provistos de armas de fuego”. El fallo sostiene que los funcionarios fueron reducidos, les quitaron sus armas y equipos, y luego fueron asesinados cuando ya estaban fuera del vehículo. Después, los responsables trasladaron los cuerpos en la camioneta policial y la incendiaron en la Ruta P-72 S, iniciando “al menos dos focos de fuego, uno en la cabina y otro en el pick up”. En su resolución, la Suprema respaldó la tesis de que el ataque fue preparado con anticipación. “Tanto la emboscada como el conjunto de ilícitos descritos fueron preparados con antelación con ánimo frío y tranquilo y obedecen a un plan criminal”, señala la sentencia. El máximo tribunal también descartó los cuestionamientos por el uso de testigos reservados. Según indicó, esos antecedentes “no constituyeron el fundamento exclusivo ni determinante de la condena”, ya que fueron corroborados con otros medios de prueba incorporados en el juicio. Fuente: ADN Radio Nacional